Trastorno por atracón
Comer mucho y muy deprisa, sin hambre, hasta sentirse mal, con una sensación de no poder parar, y después vergüenza y culpa. El trastorno por atracón es el trastorno de la conducta alimentaria más frecuente.
Qué es
El trastorno por atracón se caracteriza por episodios recurrentes de atracones, al menos una vez a la semana durante tres meses, con sensación de pérdida de control, que causan un malestar intenso, sin conductas compensatorias regulares como el vómito (APA, 2022). Durante los atracones la persona suele comer muy rápido, sin hambre, hasta sentirse incómodamente llena, a solas por vergüenza, y después siente asco, tristeza o culpa.
No es falta de voluntad
No se trata de glotonería ni de falta de fuerza de voluntad. Los atracones a menudo funcionan como una forma de regular emociones difíciles, como la tristeza, la ansiedad, el aburrimiento o la soledad, y se ven favorecidos por las dietas restrictivas.
Relación con el peso
Muchas personas con trastorno por atracón tienen sobrepeso u obesidad, pero no todas. Centrarse solo en perder peso, con dietas estrictas, puede empeorar los atracones. El estigma relacionado con el peso aumenta el malestar y dificulta pedir ayuda.
Tratamiento
La terapia cognitivo-conductual específica es el tratamiento con más evidencia: ayuda a establecer un patrón regular de comidas, identificar los desencadenantes, desarrollar otras formas de manejar las emociones y trabajar la imagen corporal. Existen versiones de autoayuda guiada eficaces. Algunos fármacos pueden ser útiles en ciertos casos.
Pedir ayuda
Si los atracones te hacen sufrir, consulta con tu médico de familia o con un profesional especializado. Es un problema frecuente y tratable. Encontrarás más en la ficha de Empacho.
Fuentes
- American Psychiatric Association. (2022). Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders (5.ª ed., texto revisado; DSM-5-TR). doi.org/10.1176/appi.books.9780890425787
- Gross, J. J. (2015). Emotion regulation: Current status and future prospects. Psychological Inquiry, 26(1), 1-26. doi.org/10.1080/1047840X.2014.940781